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Vehículo que se encuentra en un taller mecánico (accidente o daño) y no se presente a revisión técnica vehicular.- Deberá
presentar original o copia certificada de la factura cancelada, emitida por un taller mecánico autorizado por el SRI, o por la aseguradora del
vehículo afectado y una certificación donde se indique el daño y tiempo de permanencia del vehículo en el taller. |
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Vehículo que ha sido objeto de robo.- Se deberá analizar la fecha en la cual se impuso el bloqueo y la finalización del mismo en la
Base Única Nacional de Datos. Y denuncia presentada sobre el robo del vehiculo. |
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Vehículos que se encuentren dentro de un proceso judicial.- Se deberá presentar los documentos que justifiquen la acción judicial |
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Vehículos del sector público.- Las instituciones del sector público que posean vehículos y se encuentren enmarcadas en los siguientes
casos, deberán adjuntar la documentación de respaldo por no haber Cumplido con el proceso de matriculación y/o revisión técnica vehicular:
- a. Los vehículos a cargo de instituciones del sector público que hubieren sido entregados por parte de otras instituciones, por haber asumido los derechos y obligaciones por mandato de la ley.
- b. En caso de existir un retraso en la certificación del Ministerio de Finanzas respecto de la asignación presupuestaria, para lo cual deberá presentar los Comprobantes Únicos de Recaudación (CUR) donde se verifique la fecha de
cancelación de valores de matrícula vehicular o de Revisión Técnica Vehicular.
- c. Los vehiculos que previa su entrega a una institución del sector público se hubieren encontrado incautados por orden judicial y que durante el proceso judicial no hubieren cumplido con el proceso de matriculación y/o revisión técnica
vehicular.
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Problemas presentados en la entidad competente para el proceso de matriculación. La autoridad de tránsito o su delegado
presentará un informe técnico que contenga el detalle de usuarios afectados y la causa que justifique la exoneración del pago de la
calendarización. |
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Casos fortuitos o de fuerza mayor.- Para estos casos la autoridad de tránsito o su delegado presentará un informe técnico que
contenga el detalle de usuarios afectados y la causa que justifique la exoneración del pago de la calendarización. |
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